Exención y emisión de certificado de ordenación y bienestar animal y/o biocidas de uso ganadero - Juntaex.es
Exención y emisión de certificado de ordenación y bienestar animal y/o biocidas de uso ganadero - Juntaex.es
Exención y emisión de certificado de ordenación y bienestar animal y/o biocidas de uso ganadero
Exención y emisión de certificado de ordenación y bienestar animal y/o biocidas de uso ganadero
Actual (long): 1779151088899 - May 19, 2026 12:38:08 AM
Offset: 7200000 - 7200000
Fecha desde (long): -1
Fecha hasta (long): -1
Lea los requisitos y tramite pulsando en el botón correspondiente
Código SIA: 3214761
-
Plazo de presentación
El plazo para presentar la solicitud de exención y emisión de certificado está abierto de forma indefinida.
-
Finalidad
Obtención del certificado de ordenación y bienestar animal y/o biocidas de uso ganadero por exención de realizar la formación correspondiente. -
Destinatarios
Todas aquellas personas que estén exentas de realizar la formación correspondiente para obtener:
- Certificado de Ordenación y Bienestar Animal.
- Certificado de Biocidas de uso ganadero..
-
Requisitos
a) Estarán exentos de realizar los cursos de biocidas de uso ganadero las personas que dispongan de alguna de las titulaciones o acreditaciones indicadas a continuación:
- Certificado de profesionalidad SEAG0110 Servicios para el control de plagas. Nivel 2. (RD 1536/2011, de 31 de octubre, modificado por el RD 624/2013, de 2 de agosto) emitido por el Servicio Extremeño Público de Empleo.
- Certificado de profesionalidad SEAG0311 Gestión de servicios para el control de organismos nocivos. Nivel 3. (RD 624/2013, de 2 de agosto) emitido por el Servicio Extremeño Público de Empleo.
- Módulos profesionales de los ciclos formativos que tengan como referente el catálogo de calificaciones profesionales y que contienen formaciones equivalentes a la establecida por el curso de manipulador y aplicador de productos biocidas de uso ganadero: MF0006_2 Instalaciones, maquinaria y equipos de la explotación ganadera, MF0715_1 Operaciones auxiliares de mantenimiento de instalaciones y manejo de maquinaria y equipos en explotaciones ganaderas, MF0536_3 Gestión de las instalaciones, maquinaria, material, y equipos de la explotación ganadera.
- Titulaciones de los ciclos de grado medio LOE de Técnico en producción agroecológica (RD 1633/2009) y Técnico en producción agropecuaria LOE (RD 1634/2009).
- Titulación del ciclo de grado superior LOE de Técnico superior en ganadería y asistencia en sanidad animal (RD 1585/2012).
- Titulaciones de los ciclos de grado medio LOGSE de Técnico en explotaciones agrarias extensivas y Técnico en explotaciones ganaderas.
- Titulación de los ciclos de grado superior LOGSE Técnico superior en gestión y organización de empresas agropecuarias.
- Titulación de técnico auxiliar de la especialidad explotaciones agropecuarias (formación profesional de primer grado) (Decreto 707/1976 de 5 de marzo).
- Titulación de técnico especialista de la especialidad explotaciones agropecuarias (formación profesional de segundo grado) (Decreto 707/1976 de 5 de marzo).
- Titulaciones universitarias superiores y/o medias de la rama agrícola.
- Licenciaturas o grados en veterinaria.
b) Estarán exentos de realizar los cursos de ordenación y bienestar animal las personas que dispongan de alguna de las titulaciones o acreditaciones indicadas a continuación:
- Para todos los cursos de bienestar animal, aquellas personas que estén en posesión de títulos de licenciaturas o grados en veterinaria.
- Para todos los cursos, excepto los de bienestar animal para personal de mataderos y los de bienestar animal para personal que realice sacrificio de urgencia fuera del matadero, el personal que posea titulación universitaria superior y/o media de la rama agrícola.
- Para los cursos de ordenación y bienestar animal de ganado porcino y de ordenación y bienestar animal en granjas bovinas, aquellas personas que estén en posesión de titulación de técnico o técnica en producción agropecuaria y técnico o técnica superior en ganadería y asistencia en sanidad animal y para aquellas que estén en posesión de titulaciones equivalentes en contenidos y/o superiores a las mismas.
- Para los cursos de ordenación y bienestar animal en granjas avícolas, aquellas personas que estén en posesión de títulos de técnico o técnica en producción agropecuaria, técnico o técnica superior en ganadería y asistencia en sanidad animal y título profesional básico en actividades agropecuarias y para aquellas que estén en posesión de titulaciones equivalentes en contenidos y/o superiores a las mismas.
- Para los cursos de ordenación y bienestar animal en explotaciones de équidos, aquellas personas que estén en posesión de títulos de técnico/a en producción agropecuaria y técnico/a superior en ganadería y asistencia en sanidad animal y para aquellas que estén en posesión de titulaciones equivalentes en contenidos y/o superiores a las mismas.
c) Así mismo, estarán exentas de realizar la formación necesaria para obtener el certificado de ordenación y bienestar animal de ganado porcino, ordenación y bienestar animal en granjas bovinas y ordenación y bienestar animal en granjas avícolas, los profesionales del sector que puedan demostrar un mínimo de 3 años de experiencia práctica en trabajos relacionados con la cría de ganado porcino, bovino y/o cría de aves. Se considerará como experiencia válida la adquirida en los 10 años anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de exención.
Dicho requisito se acreditará mediante la presentación de certificado de la empresa, donde se pueda comprobar la actividad ganadera de la especie en cuestión y contrato laboral o por cualquier otro medio válido en Derecho.
-
Documentación
Documentación obligatoria:
- Titulación académica necesaria para obtener el correspondiente certificado, si se solicita la exención por formación, o bien certificado de empresa, con el que se pueda comprobar la actividad ganadera de la especie en cuestión, así como contrato laboral o cualquier otro medio válido en Derecho, si lo que se solicita es la exención por experiencia laboral.
- Abono de la tasa correspondiente mediante modelo 50 para cada uno de los certificados solicitados.
- Declaración responsable, en el caso de biocidas de uso ganadero.
- Declaración responsable, de no haber cometido infracción grave en materia de protección de los animales para los cursos de bienestar animal destinados a personal de mataderos.
- Certificado de la empresa en el que se acredite que el solicitante tiene una relación laboral con esta (personas no residentes en Extremadura).
Documentación opcional:
Salvo que conste en el procedimiento la oposición expresa de la persona interesada o no pudieran ser recabados los datos, en cuyo caso podrá solicitarse su aportación, se consultará de oficio la siguiente documentación:
- Documento acreditativo de la personalidad de quien solicita (DNI de la persona solicitante).
- Certificado de empadronamiento para las personas residentes en Extremadura.
-
Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud: -
Normativa
-
Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio de Formación del Medio Rural
- Plazo para resolver: 3 meses
- Efecto silencio administrativo: Estimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: Sí
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada.
-
Más información
-
Órgano gestor
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible (DIR3: A11044880)
Dirección General de Desarrollo Rural (DIR3: A11030498)
Servicio de Formación del Medio Rural (DIR3: A11030500)
Avenida Luis Ramallo,
06800, Mérida
