Subvenciones destinadas a entidades de personas afectadas por una enfermedad crónica y/o de sus familiares

Subvenciones destinadas a la financiación de proyectos de entidades de personas afectadas por una enfermedad crónica y/o de sus familiares, desarrollados en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura

Fuera de plazo

Fecha de actualización
:
24/6/2025
Actual (long): 1750773668813 - Jun 24, 2025 2:01:08 PM
Offset: 7200000 - 7200000
Fecha desde (long): 1748988000000 - Jun 3, 2025 10:00:00 PM
Fecha hasta (long): 1750197540000 - Jun 17, 2025 9:59:00 PM
  • Plazo de presentación

    Desde: 04/06/2025 Hasta: 17/06/2025
  • Finalidad

    El objeto la convocatoria de las subvenciones es la financiación de proyectos de entidades de personas afectadas por una enfermedad crónica y/o de sus familiares, desarrollados en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025,. Los proyectos a financiar versarán sobre materias relacionadas con la información, sensibilización, formación, promoción y prevención de la enfermedad, así como la asistencia, rehabilitación y reinserción.
  • Destinatarios

    • Fundaciones y asociaciones sin ánimo de lucro de personas afectadas por una enfermedad crónica y/o de sus familiares o federación de las mismas, de ámbito de actuación regional o provincial y con razón social en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
    • Asociaciones y federaciones sin ánimo de lucro de personas afectadas por una enfermedad crónica y/o de sus familiares, de ámbito de actuación nacional, con sede en la Comunidad Autónoma de Extremadura. No podrá ser beneficiaria de la subvención una asociación que forma parte de una federación que resulte beneficiaria en esta misma convocatoria.
    • Se exceptúan expresamente como entidad beneficiaria a las entidades sin ánimo de lucro de personas afectadas por conductas adictivas y discapacidad y/o de sus familiares, y a las de personas afectadas por trastorno mental o enfermedad mental.
    • No podrán solicitar subvención aquellas asociaciones o federaciones que dispongan de subvención nominativa en los Presupuestos aprobados mediante Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024, prorrogados para el ejercicio 2025, cuyos créditos correspondan a la Dirección General competente en materia de participación comunitaria en salud.
  • Requisitos

    Las entidades beneficiarias deberán reunir los requisitos específicos determinados para cada una de las líneas de subvenciones. Asimismo, las entidades no podrán estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señalados en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

  • Cuantía

    • La cuantía máxima subvencionable por proyecto será de 30.000 euros.
    • La cuantía de la subvención otorgada podrá ser igual o inferior a los costes del proyecto presentado. La diferencia entre la cuantía del proyecto presentado y la cantidad subvencionada deberá ser financiada por la entidad solicitante.
    • Los criterios para la determinación de la cuantía individualizada de la subvención serán establecidos en función de la puntuación obtenida mediante la aplicación de la siguiente tabla, siendo necesario obtener un mínimo de 22 puntos para optar a ella y recogido en la tabla del DOE de la convocatoria.
    • El crédito máximo disponible para esta convocatoria de subvención será distribuido por orden decreciente en función de la puntuación obtenida por cada entidad solicitante.
    • Excepcionalmente, cuando dos o más proyectos obtengan la misma puntuación y no exista crédito suficiente para cubrir la totalidad de aquellos, el desempate se realizará atendiendo a la mayor puntuación obtenida en los criterios de valoración según el orden establecido en el resuelvo décimo. En caso de persistir el empate se atenderá a la fecha, hora y minuto de registro de la solicitud.
  • Documentación

    Documentación obligatoria a aportar junto al anexo de solicitud.

    • a) DNI de la persona representante legal de la entidad beneficiaria.
    • b) Documentación acreditativa de la condición de representante legal de la entidad beneficiaria, así como de la facultad para solicitar la subvención a fecha de presentación de solicitud.
    • c) Estatutos actualizados.
    • d) Acta de la composición de la junta directiva.
    • e) Certificado de inscripción en el Registro General de Asociaciones de la Junta de Extremadura. En el caso de asociaciones o federaciones de ámbito de actuación nacional con sede en Extremadura, deberá aportarse certificado de inscripción en el Registro de Asociaciones del Ministerio del Interior.
    • f) Si el proyecto presentado cuenta con personal que vaya a desarrollar actividades en las que participen menores de edad, deberá indicarlo en el mismo y aportar certificados del Registro Central de delincuentes sexuales de cada uno de ellos actualizados a fecha de presentación de solicitudes.

    La documentación relativa a los apartados a) y e) deberá ser aportada en el caso de que la entidad se oponga a su comprobación de oficio por el órgano gestor. Salvo para el apartado f), el resto de los documentos, siempre que no hubiera sufrido modificación y que no hubieran transcurrido más de cinco años, podrán ser señalados en la solicitud en los términos del punto 4 del resuelvo octavo.
    No obstante, en lo que se refiere a la documentación acreditativa de no estar incurso en prohibición para obtener la condición de beneficiario/a bastará con cumplimentar una declaración responsable de la persona representante legal de la entidad solicitante incluida en el modelo del Anexo I.
    Asimismo, la justificación de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social se realizará, tanto para la concesión de la subvención como para hacer efectivo el pago, mediante la declaración responsable de la persona representante legal de la entidad, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12.8 b) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el artículo 6.3 de la Orden de 29 de junio de 2020, establece las bases reguladoras de las subvenciones a otorgar por la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales en materia de participación comunitaria en salud, al ser los beneficiarios entidades privadas sin ánimo de lucro y tratarse de prestaciones asistenciales y de acción social.

  • Solicitud y Anexos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Secretaría General - C. de Salud y Servicios Sociales
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: Sí
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada

  • Órgano gestor

    Consejería de Salud y Servicios Sociales

    Dirección General de Planificación, Formación y Calidad Sanitarias y Sociosanitarias

    Servicio de Participación Comunitaria en Salud

    Avenida de las Américas, 2

    06800, Mérida