Subvenciones destinadas a entidades locales de la Comunidad Autónoma Extremadura de exhumación, identificaión víctimas de la guerra civil

Concesión directa de subvenciones destinadas a entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para la realización de actuaciones de exhumación, identificación y dignificación de víctimas de la guerra civil en Extremadura

Fuera de plazo

Fecha de actualización
:
15/12/2025
Actual (long): 1765875794674 - Dec 16, 2025 9:03:14 AM
Offset: 3600000 - 3600000
Fecha desde (long): 1753657200000 - Jul 27, 2025 11:00:00 PM
Fecha hasta (long): 1760137140000 - Oct 10, 2025 10:59:00 PM
  • Plazo de presentación

    Desde: 28/07/2025 Hasta: 10/10/2025

    A) La realización de los gastos y ejecución de las subvención prevista en el artículo 4, punto 1.a), deberán llevarse a cabo entre el 1 de enero de 2026 y el 30 de agosto de 2027, por lo que las facturas o documentos contables de valor probatorio equivalente deberán ser de fechas comprendidas en este período de tiempo.

    A estos efectos, se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado en el período comprendido entre el 1 de enero de 2025 y 30 de octubre de 2027.

    B) La realización de los gastos y ejecución de las subvenciones prevista en el artículo 4. puntos 1. b) y c) deberán llevarse a cabo entre el 1 de enero y el 30 de agosto de 2026, por lo que las facturas o documentos contables de valor probatorio equivalente deberán ser de fechas comprendidas en este período de tiempo.

    A estos efectos, se considerará gasto realizado el que ha sido efectivamente pagado en el período comprendido entre el 1 de enero de 2025 y 31 de octubre de 2026.

  • Finalidad

    Acordar los supuestos de concesión directa de subvenciones de carácter singular a entidades locales que se recogen en el artículo 4 para la realización de actuaciones de exhumación, identificación y dignificación de víctimas de la guerra civil en Extremadura y regular la concesión de las mismas en aplicación de lo previsto en el artículo 22.4.c) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en relación con lo establecido en el artículo 32.1 d) de dicha ley, por concurrir razones de interés público, social, económico y cultural debidamente justificadas que dificultan su convocatoria pública.
  • Destinatarios

    1. El Ayuntamiento de Fuentes de León con NIF P0605500H para la realización de un proyecto y construcción de un monumento conmemorativo a las víctimas de la represión de la guerra civil y la dictadura en el cementerio municipal, por importe de CUARENTA Y CINCO MIL EUROS (45.000,00 €) con cargo a la aplicación presupuestaria: 150030000 G/272A/76000; Proyecto; 20210456; Fuente de Financiación: TE27005001.
    2. El Ayuntamiento de Miajadas con NIF P1012400F, por importe de DIECISIETE MIL CINCUENTA Y CINCO EUROS CON VEINTISÉIS CÉNTIMOS (17.055,26 €) para los trabajos de identificación mediante análisis antropológicos y genómicos de las víctimas localizadas en las fosas comunes de la guerra civil del cementerio municipal, con cargo a la aplicación presupuestaria: 150030000 G/272A/76000; Proyecto; 20210456; Fuente de Financiación: TE27005001.
    3. El Ayuntamiento de Valverde de Llerena, con NIF P0614400J, por importe de SESENTA Y DOS MIL CIENTO SESENTA Y DOS EUROS CON DIECIOCHO CÉNTIMOS (62.162,18 €) para la exhumación y trabajos de identificación de las víctimas localizadas en las fosas comunes de la guerra civil del cementerio municipal, con cargo a la aplicación presupuestaria: 150030000 G/272A/76000; Proyecto; 20210456; Fuente de Financiación: TE27005001
  • Requisitos

    a.  No concurrir alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

    b. Estar al corriente con sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal con la Seguridad Social y no tener deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

  • Cuantía

    La cuantía de los proyectos relativos a los trabajos encaminados a reparar la dignidad y la memoria de las víctimas de la Guerra Civil y la dictadura, así como los que van dirigidos a devolver los cuerpos de las víctimas a sus familiares, está recogida en el anexo II de la ya citada resolución de 28 de julio de 2025. En concreto, dentro de la línea estratégica 1 (localización, exhumación e identificación de víctimas) aparecen los siguientes proyectos: «Localización y sondeos de fosas en el cementerio municipal», en Llerena (dotado con 62.162,18 €); «Exhumación de los cuerpos localizados en 2025», en Valverde de Llerena (con 62.162,18 €); y «Análisis antropológicos de las campañas 2021-2025», en Miajadas (con 17.055,26 €). Por su parte, dentro de la línea estratégica 2 se enmarca el «Proyecto y construcción de memorial en el cementerio» en Fuentes de León (dotado con 45.000,00 €).

    Aplicación presupuestaria: 150030000 G/272A/76000; Proyecto; 20210456; Fuente de Financiación: TE27005001.

  • Documentación

    1) Anexo 1. Formulario de solicitud de subvención para financiar la realización de actividades durante el año 2025.OBLIGATORIO

    2) Anexo2 certificación acreditativa de representación de la persona firmante de la solicitud. OBLIGATORIO

    3)Anexo3 proyecto detallado de actividades a realizar durante el año 2025 con la subvención acompañado de presupuesto. OBLIGATORIO

    4) Anexo4 certificación acreditativa de la obtención de otras subvenciones para la realización de la actividad objeto de ayuda. OBLIGATORIO

    5) Anexo 5 compromiso de asumir la aportación económica por la diferencia entre el importe de la cantidad concedida por la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura y el coste total de la actividad para la que se solicita la subvención, garantizando que la misma se haga efectiva en los términos y condiciones tenidas en cuenta a la hora de otorgar la subvención. OBLIGATORIO

    6) Certificados de hallarse al corriente en las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y de no tener deudas con la Hacienda Autonómica, serán consultados o recabados de oficio por la Administración siempre que conste en el procedimiento el consentimiento expreso de la entidad interesada.  En otro caso, esta deberá presentar las certificaciones correspondientes, que tendrán validez durante el plazo de seis meses contado desde la fecha de expedición, salvo que reglamentariamente se establezca otro plazo. OBLIGATORIO

  • Solicitud y Anexos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio del Instituto de Memoria Histórica y Democrática
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
    • Recursos que proceden: &ltp>Recurso de alzada.

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes

    Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural

    Servicio del Instituto de Memoria Histórica y Democrática

    Avenida Valhondo, s/n

    06800, Mérida