Registro de la Propiedad Intelectual - Juntaex.es
Registro de la Propiedad Intelectual - Juntaex.es
Registro de la Propiedad Intelectual
Primera inscripción en el Registro de la Propiedad Intelectual a favor del autor o de otros titulares
Offset: 7200000 - 7200000
Fecha desde (long): -1
Fecha hasta (long): -1

Lea los requisitos y trámite
Código SIA: 213160

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Plazo de presentación
Plazo permanente.
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Finalidad
Proteger los derechos de propiedad intelectual de los autores, al proporcionar una prueba cualificada sobre la existencia y pertenencia de dichos derechos a favor del titular. -
Destinatarios
Los autores y otros titulares que pretendan proteger sus derechos sobre las siguientes obras de propiedad intelectual (art. 10 Ley Propiedad Intelectual):
a) Obras literarias o científicas: los libros, folletos, impresos, epistolarios, escritos, discursos y alocuciones, conferencias, informes forenses, explicaciones de cátedra y cualesquiera otras obras de la misma naturaleza (incluye los guiones).
b) Las composiciones musicales, con o sin letra.
c) En general, las obras teatrales (obras dramáticas, dramático-musicales, coreografías, pantonimas)
d) Las obras cinematográficas y cualesquiera otras obras audiovisuales.
e) Las esculturas y obras de pintura, dibujo, grabado, litografía y las historietas gráficas, tebeos o comics.
f) Los proyectos, planos, maquetas y diseños de obras arquitectónicas y de ingeniería.
g) Los gráficos, mapas y diseños relativos a la topografía, la geografía y, en general, la ciencia.
h) Las obras fotográficas y las expresadas por procedimientos análogo a la fotografía.
i) Los programas de ordenador.
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Requisitos
Como requisitos de la solicitud telemática:
1. Justificante de abono de la tasa correspondiente por la tramitación del expediente en Modelo 050 de la Junta.
2. Presentar una copia del ejemplar identificativo de la obra que es objeto de la solicitud de inscripción.
A los anteriores, si presenta la solicitud de forma presencial, se añaden los siguientes requisitos:
3. Copia del DNI, NIE o pasasporte del autor y solicitante
4. Aportar los modelos de solicitud y demás documentación requerida que se relacionan en el siguiente apartado "Documentación".
* Como requisito general, las obras presentadas deben ser originales del autor. Si el solicitante no es el autor de la obra original, o se han cedido los derechos a un tercero que desea inscribir la titularidad, la obra ha sido creada bajo relación laboral, o cualquier otro tipo de circunstancia..., deberá consultar la documentación específica de su solicitud (contratos, escrituras de constitución, autorizaciones,...).
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Documentación
DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA:
A) Para la Solicitud Telemática (contiene enlace a la sede electrónica):
- Justificante de abono de la tasa, se adjuntará justificante en Modelo 050, de la Junta de Extremadura.
- Ejemplar de la obra en formato digital visible en cualquier ordenador (pdf en general y jpg para obras gráficas; cuando deba ser comprimido, se entregará en Zip).
Siga las instrucciones contenidas en el apartado "Preguntas frecuentes": ¿Cómo puedo presentar solicitud telemática?
Este medio de presentación telemático tiene el mismo valor que la presentación presencial y se ofrece en aplicación del art. 12 de la Ley 39/2015, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, que dispone: "Las Administraciones Públicas deberán garantizar que los interesados pueden relacionarse con la Administración a través de medios electrónicos.".
B) Para la solicitud presencial:
- Los modelos de solicitud para cada tipo de obra facilitados en esta página en el siguiente apartado "Solicitud y anexos" (Solicitud Autor/es y Descripción de la obra que se corresponderá con el tipo de obra a presentar),.
- Copia simple del DNI, NIE, pasaporte o Autorización para la comprobación de datos de identidad.
- Presentación de un ejemplar de la obra. Preferentemente en memoria USB virgen o, alternativamente, en papel, encuadernado y paginado.
- Justificante de abono de las tasas en Modelo 050 de la Junta de Extremadura: En el enlace facilitado a continuación y con los datos indicados, puede abonar la tasa directamente o imprimirlo y abonarlo en entidad bancaria colaboradora.
2025: Cómo obtener el justificante de abono de la Tasa por tramitación de solicitud- M050 (tanto en solicitud presencial como telemática):Por cada obra -creación original- se aportará con la solicitud el justificante de abono de la tasa en Modelo 050 de la Junta de Extremadura, con la siguiente cuantía:
- 7,39€ si el titular es el propio autor.
- 73,90€ si el titular es otra persona física o jurídica, distinta al autor, por haber cedido los derechos por contrato, relación laboral u otra causa.
En el Modelo 050 (contiene enlace para cumplimentar y abonar la tasa), debe señalar los siguientes datos:
Órgano gestor: Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes Nº de código: 150035 Concepto: Servicios prestados por el Registro de la Propiedad Intelectual Código territorial: 150602
Se aconseja incluir el título de la obra en "Detalle de la liquidación" del Modelo 050.
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Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud:- 1 Solicitud obra literaria, científica o dramática
- 2 Solicitud obra musical, con o sin letra
- 3 Solicitud coreografía o pantomima
- 4 Solicitud obra cinematográfica o audiovisual
- 5 Solicitud obra artística: pintura, dibujo, escultura, fotografía, ...
- 6 Solicitud obra técnica: ingenierías, arquitectura, ...
- 7 Solicitud programa de ordenador
- 8 Solicitud base de datos
- 9 Solicitud página web o multimedia
Solicitud Telemática Registro Propiedad Intelectual. (enlace a la sede electronica)
Los autores (personas físicas) interesados podrán presentar sus solicitudes preferentemente de forma telemática. También podrán presentar solicitud presencial en la forma y lugares indicados en "Dónde presentar presencialmente la solicitud de inscripción" en el apartado "Preguntas frecuentes"
Las personas jurídicas están obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones públicas según dispone el art. 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por lo que deberán presentar sus solicitudes por este medio.
Siga las instrucciones contenidas en el apartado "Preguntas frecuentes": ¿Cómo puedo presentar solicitud telemática?
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Normativa
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Registro de la Propiedad Intelectual de Extremadura
- Plazo para resolver: 6 meses
- Efecto silencio administrativo: Estimatorio
- Fin vía administrativa: Sí
- Impugnación vía administrativa: No
- Recursos que proceden:
Contra los actos dictados por el Registro se podrá interponer acciones en el orden civil de la jurisdicción.
Cuando la reclamación tenga su fundamento en la aplicación de normas de procedimiento administrativo, podrá interponer recurso de alzada.
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Más información
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Órgano gestor
Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes
Secretaría General de Cultura
Registro de la Propiedad Intelectual de Extremadura
Avenida Valhondo,
06800, Mérida
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Preguntas frecuentes
Por razones de organización administrativa es necesario acudir con CITA PREVIA a las siguientes oficinas del Registro de la Propiedad Intelectual:
La admisión de solicitudes presenciales (ver apartado Documentación), así como la información especializada del Registro podrá realizarse en la Oficina delegada de Badajoz:
Oficina Registro Propiedad Intelectual
Avda. de Huelva, nº 2
06005- Badajoz
Tfno: 924012060- 924012064 - Correo electrónico: rpibadajoz@juntaex.es
Podrá solicitar también información en la Oficina coordinadora del Registro, en Mérida:
Registro Propiedad Intelectual
Avda. Valhondo, s/n, Mod.4, 1ª pta
06800- Mérida
Tfno: 924008580 - Correo electrónico: propiedadintelectual@juntaex.es
También puede presentar la solicitud presencialmente con los requisitos indicados, identificando su solicitud con el trámite de Código DIR: A11031452 (Código SIA: 213160) , en estas otras oficinas de registro:
1- En las Oficinas de Atención a la Ciudadanía (registros) de la Junta de Extremadura más cercana a su localidad, que encontrará en el apartado situado al inicio de esta página: "Buscar oficina donde realizar este trámite".
2- En la Oficina de Atención a la Ciudadanía del Ayuntamiento de su localidad.
3- En las Oficinas de Atención a la Ciudadanía de la Administración General del Estado, otras CCAA y Diputaciones Provinciales.
4- Remitiendo la solicitud y la documentación por Correo postal a la dirección indicada arriba.
5- Desde el extranjero: en las Oficinas Consulares y representaciones diplomáticas.
Tres pasos:
1-Abono de la tasa
2-Cumplimentación de la solicitud
3- Subida del ejemplar de la obra
1º- Justificante de abono de la tasa: Dado que la aplicación web compartida no dispone de pasarela de pago directa a los Registros autonómicos, para facilitar el proceso de presentación, es aconsejable que previamente al inicio de la presentación telemática de la solicitud, tenga archivado en su ordenador el justificante de abono de la tasa el Modelo 050 de la Junta de Extremadura, que podrá obtener en la forma y por la cuantía indicada en el apartado "Documentación".
2º- A continuación, con certificado electrónico o Cl@ve, debe acceder a la sede electrónica del Ministerio de Cultura, a través del enlace situado al inicio de esta página: "Tramitar en línea".
Debe ir marcando lo siguiente:
1- "Solicitud telemática de primera inscripción en el Registro Propiedad Intelectual"
2- A continuación elegirá: "Registro en todas las Comunidades y Ciudades Autónomas"
3- Finalmente optará por "Extremadura" para que pueda ser tramitada y resuelta por este Registro.
En la solicitud telemática, sólo se completarán los campos con la información requerida por la sede electrónica (no hay modelos de solicitud en papel) y cuando el sistema lo requiera, deberá adjuntar sólo el documento justificante de abono de la tasa (la obra se adjuntará posteriormente).
Cuando haya completado los datos requeridos del autor y de la obra, firme y envíe la solicitud, pero el proceso no ha terminado aún, deberá completar el último paso.
y 3º. Como último paso, una vez finalizada y completada la presentación de la solicitud telemática, la plataforma le indicará cómo adjuntar el ejemplar de la obra en el módulo de ejemplares, mediante un enlace.
Sólo debe subir una vez el ejemplar de la obra, utilizando el enlace que saldrá al finalizar la solicitud.
El sistema generará un justificante de presentación de la solicitud y otro de entrega del ejemplar de la obra.
El ejemplar se subirá en el formato y extensión requerido para cada tipo de obra según se indica en "Enlace a anexos". Debe hacer constar el título de la obra y nombre del autor en el ejemplar presentado.
En la obra no debe aparecer referencia a ninguna persona física o jurídica que no sea el propio autor, ya sea en membrete, sombreado o logotipo, pues habría una apariencia de titularidad a favor de la entidad mencionada. También serán desestimadas las solicitudes sobre obras creadas por inteligencia artificial.
Requisitos generales y técnicos de la presentación telemática (contiene enlace a la sede electrónica)