Permiso de pesca en cotos de pesca - Juntaex.es
Permiso de pesca en cotos de pesca - Juntaex.es
Permiso de pesca en cotos de pesca
Permiso de pesca en cotos de pesca
Actual (long): 1790004410875 - Sep 21, 2026 3:26:50 PM
Offset: 7200000 - 7200000
Fecha desde (long): -1
Fecha hasta (long): -1
Lea los requisitos y tramite pulsando en el botón correspondiente
Código SIA: 2987369
Buscar oficina donde realizar este trámite
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Plazo de presentación
No sujeto a plazo de presentación.
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Finalidad
Este trámite permite la obtención del permiso de pesca para pescar en un coto de pesca. -
Destinatarios
Personas que deseen pescar en un coto de pesca.
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Requisitos
1. Licencia de pesca
2. Abono de la tasa
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Documentación
Documentación obligatoria:
- Resguardo de abono de la tasa (mod. 50) o permiso en modelo oficial en cotos de pesca sin límite de puestos.
- Permiso en modelo oficial en cotos con limitación de puestos.
Cotos de pesca sin límite de puestos.
Códigos mod. 50 (solo en cotos de pesca sin límite de puestos):
120811 1ª Categoría 120820 2ª Categoría 120836 3ª Categoría 120845 4ª Categoría 120854 5ª Categoría 120863 6ª Categoría Puede consultar la relación de cotos de pesca sin límite de puestos en pescayrios.
Cotos de pesca con limitación de puestos.
El permiso diario en cotos de pesca con limitación de puestos deberá abonarse en los centros de expedición habilitados para ello. Puede consultar el listado de centros de expedición para cada coto en los planes de gestión en pescayrios.
Exención en la tasa:
Terceros y ulteriores hijos dependientes de sus padres, cuando el domicilio familiar radique en Extremadura con dos años de antelación a la solicitud del beneficio fiscal y que la unidad familiar tenga una renta menor cinco veces al salario mínimo interprofesional.
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Solicitud y Anexos
Enlace externo a solicitud:No hay modelo de solicitud.
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Representación voluntaria por medios electrónicos
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Normativa
- LEY 11/2010, de 16 de noviembre, de Pesca y Acuicultura de Extremadura.
- LEY 11/2010, de 16 de noviembre, de Pesca y Acuicultura de Extremadura. Texto consolidado.
- ORDEN de 7 de noviembre de 2022 general de vedas de pesca en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- RESOLUCIÓN de 18 de marzo de 2026, de la Dirección General de Mundo Rural, Caza, Pesca y Tauromaquia, por la que se modifican el régimen de pesca con las modalidades y límites en algunos tramos, se especifican condiciones para la acuicultura extensiva en charcas, y se publica el formulario para la licencia de pesca mediante declaración responsable.
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Caza, Pesca, Acuicultura, Tauromaquia y Medio Natural
- Plazo para resolver: No tiene
- Efecto silencio administrativo: No Aplica
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: No
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Más información
Los permisos de pesca son personales e intransferibles y autorizan al titular al ejercicio de la pesca en los tramos acotados en los días y condiciones fijadas en los mismos, de conformidad con la legislación vigente.
El permiso obtenido mediante el pago del modelo 50 , debe llevarlo consigo, en papel o en pantalla, el día para el que se haya abonado. Solo será válido si viene indicado el coto, la fecha del día de pesca, la cuantía correspondiente y el nombre completo con el nº de DNI del interesado. Deberá sacarse con una antelación máxima de una semana.
En cuanto a las tasas, cada persona deberá abonar según la categoría a la que corresponda, siendo la categoría más alta (y cuantía más barata) para aquellos que pertenezcan a una sociedad colaboradora con la Junta de Extremadura o a quienes residan en el municipio del coto o sus colindantes. El resto de personas, deben abonar el precio correspondiente a la categoría más baja (y, por tanto, de cuantía más cara).
Más información en pescayrios
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Órgano gestor
Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Natural
Dirección General de Caza, Pesca, Acuicultura, Tauromaquia y Medio Natural
Servicio de Caza, Pesca y Acuicultura (DIR3: A11030456)
Avenida Luis Ramallo,
06800, Mérida
