Realización de acampada juvenil

Comunicación de datos sobre la realización de acampada juvenil como actividad de ocio y tiempo libre para entidades y colectivos sin fines lucrativos.

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
31/10/2023

Lea los requisitos y tramite

  • Plazo de presentación

    Durante todo el año:
    - Modalidad A: Treinta días naturales, antes del día de inicio de la acampada juvenil.
    - Modalidad B: Sesenta días naturales, antes del día de inicio de la acampada juvenil.

  • Finalidad

    Comunicar los datos de acampada juvenil como actividad de ocio y tiempo libre en la Comunidad Autónoma de Extremadura. Se entiende por acampada juvenil, aquella actividad que se desarrolla en un entorno natural, que implica pernoctación y en la que participan grupos organizados de níños y jóvenes, bajo la supervisión de un equipo técnico. La actividad deberá contar además con un proyecto educativo definido y no tener carácter familiar. Quedan excluidos dentro de esta consideración los campamentos públicos de turismo, los campamentos privados y las zonas de acampada municipal, así como las actividades realizadas por los diferentes colectivos y entidades en instalaciones permanentes reconocidas oficialmente por los órganos competentes en materia de turismo, juventud o medio ambiente.
  • Destinatarios

    Todas aquellas entidades y colectivos que organicen acampadas juveniles y que no tengan fines lucrativos.

  • Requisitos

    La organización de una acampada juvenil conlleva el cumplimento de una serie de requisitos y condiciones higiénico-sanitarias, de ubicación del emplazamiento y de equipamiento básico y necesario, en relación al personal y a la formación del mismo. 

    En caso de solicitar una acampada con pernoctaciones inferiores a tres noches (MODALIDAD A), el equipamiento necesario será el siguiente:

    • Una instalación fija o móvil, habilitada para pernoctar.
    • Un evacuatorio y lavabo para cada diez personas o fracción.
    • En los casos en los que la entidad organizadora sea la que suministre los alimentos, deberá contar con una instalación, fija o no, habilitada para la elaboración, manipulación, preservación y/o servicio de comidas y alimentos, según los casos y siempre de acuerdo a los principios generales de higiene de los alimentos.

    En caso de solicitar una acampada con pernoctaciones de tres a cinco noches (MODALIDAD B), el equipamiento necesario será el siguiente:

    • Una instalación fija o móvil, habilitada para pernoctar.
    • Una instalación, fija o no, habilitada para la elaboración, manipulación, preservación y/o servicio de comidas y alimentos, según los casos y siempre de acuerdo a los principios generales de higiene de los alimentos.
    • Una instalación fija o móvil habilitada con mesas y asientos suficientes para los asistentes con el objeto de servir de comedor.
    • Un evacuatorio, lavabo y ducha para cada diez personas o fracción.
  • Solicitud y Anexos

    Formularios de solicitud:
  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Instituto de la Juventud de Extremadura
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada.

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes
    Dirección General de Jóvenes y Deportes
    Instituto de la Juventud de Extremadura
    Servicio de Gestión del Instituto de la Juventud
    Paseo De Roma,
    06800, Mérida

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