Registro de Sociedades Cooperativas de Extremadura: Calificación e inscripción de títulos - Juntaex.es
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Registro de Sociedades Cooperativas de Extremadura: Calificación e inscripción de títulos
Registro de Sociedades Cooperativas de Extremadura: Calificación e inscripción de títulos de acuerdos sociales, judiciales y administrativos
Actual (long): 1770087050884 - Feb 3, 2026 2:50:50 AM
Offset: 3600000 - 3600000
Fecha desde (long): -1
Fecha hasta (long): -1
Lea los requisitos y tramite pulsando en el botón correspondiente
Código SIA: 2413323
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Plazo de presentación
No sujeto a plazo de presentación.
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Finalidad
Calificar e inscribir en el Registro de Sociedades Cooperativas de Extremadura los títulos relativos a acuerdos sociales, judiciales y administrativos que afecten a las sociedades cooperativas. -
Destinatarios
Sociedades cooperativas, ya constituidas y en formación, con domicilio social en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que desarrollen con carácter principal su actividad cooperativizada en dicho territorio, sin perjuicio de las actividades que realicen con terceras personas no socias, así como de cualesquiera otras de naturaleza instrumental, accesoria o complementaria que pudieran ser llevadas a cabo incluso fuera de dicho territorio.
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Requisitos
Deberán constar para su inscripción en escritura pública los actos relativos a la constitución de la sociedad, la modificación de los estatutos sociales, los apoderamientos, la transformación, la fusión, la escisión, la disolución, la reactivación y la extinción de la sociedad.
Podrán inscribirse en virtud de escritura pública o de certificación del acuerdo social, los actos que se refieran al nombramiento, cese, constatación de la vacante y cobertura de la misma de las personas miembro del órgano de administración, liquidadoras y auditoras de cuentas, titulares o suplentes, así como, el cambio de domicilio social dentro del mismo término municipal y la creación, modificación o supresión de la página web corporativa.
La inscripción de la constitución de un grupo cooperativo podrá formalizarse mediante escritura pública de modificación de los estatutos de la entidad cabeza de grupo, si es sociedad cooperativa o de otro tipo, o mediante escritura en la que se eleve a público el documento contractual constitutivo. La inscripción del acuerdo de integración en un grupo cooperativo deberá realizarse mediante la elevación a escritura pública del acuerdo de integración.
La inscripción de los actos modificativos del contenido de los asientos se practicará en virtud de documento de igual clase al requerido para la inscripción del acto que se modifica. La misma regla se aplicará al título por el que se subsanen los defectos señalados por el Registro.
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Documentación
Documentación obligatoria:
- Solicitud debidamente cumplimentada por la persona o personas designadas como gestor o por el representante legal (Presidente del consejo rector o administrador/es).
- Copia autorizada y copia simple de la escritura pública o certificación firmada por la secretaría y presidencia, en su caso.
- Justificación de que ha sido solicitada o practicada la liquidación de los tributos correspondientes (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados).
- Para las constituciones, declaración expresiva de la clase de actividad que la sociedad cooperativa vaya a realizar con carácter predominante, identificándola con la numeración y nomenclatura establecidas en la Clasificación Nacional de Actividades Económicas.
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Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud:- 1. Solicitud de calificación e inscripción de proyecto de constitución.
- 2. Solicitud de calificación e inscripción de modificación de Estatutos Sociales
- 3. Solicitud de calificación e inscripción de poderes legales
- 4. Solicitud de calificación e inscripción de disolución y liquidación
Pulse AQUÍ para acceder a los modelos de proyectos de estatutos sociales según su clase.
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Representación voluntaria por medios electrónicos
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Normativa
- Ley 9/2018, de 30 de octubre, de sociedades cooperativas de Extremadura.
- Ley 8/2006, de 23 de diciembre, de Sociedades Cooperativas Especiales de Extremadura
- Decreto 172/2002, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Sociedades Cooperativas de Extremadura
- Orden de 13 de marzo de 2020 por la que se aprueba el modelo orientativo de estatutos sociales de la sociedad cooperativa especial
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Cooperativas y Economía Social
- Plazo para resolver: 2 meses
- Efecto silencio administrativo: Estimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: Sí
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada.
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Más información
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Órgano gestor
Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
Dirección General de Cooperativas y Economía Social
Avenida Luis Ramallo,
06800, Mérida
