Subvencion destinada a la financiación del Programa Crisol-Formación. Línea I

Solicitud de subvención destinada a entidades promotoras para la financiación de los proyectos del Programa Crisol-Formación. Línea I.

Fuera de plazo

Fecha de actualización
:
19/3/2024
  • Plazo de presentación

    Desde: 12/08/2022 Hasta: 26/09/2022
  • Finalidad

    El programa Crisol-Formación persigue favorecer la integración sociolaboral de las personas que se encuentren en situación o riesgo de exclusión social y sean participantes de los itinerarios integrados y personalizados de inserción social y laboral del Programa Crisol, a través de un proceso que alterna la formación y experiencia profesional y la adquisición de competencias básicas y genéricas que favorezcan su inserción sociolaboral, en el ámbito de los programas públicos de formación y empleo y de las oportunidades de empleo, contemplados en la letra b) y c) del artículo 10.4 del texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre. Igualmente, el Programa tiene como objetivos sensibilizar al tejido empresarial y desestigmatizar al colectivo objeto de actuación, abriendo cauces de colaboración, romper su dependencia institucional y mejorar el aspecto físico y relacional de las zonas desfavorecidas.
  • Destinatarios

    Entidades privadas sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia que tengan entre sus fines la promoción de empleo o la inserción sociolaboral de personas en situación o riesgo de exclusión social, disponibilidad para la ejecución de las obras o servicios a ejecutar en el ámbito de la localidad del proyecto.

  • Requisitos

    Las entidades beneficiarias deberán estar radicadas en Extremadura, entendiendo por tal tener domicilio, sede o al menos algún centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

    La entidad deberá manifestar, mediante certificación del representante legal, la solvencia económica para poder atender a las obligaciones derivadas de la concesión de la subvención

  • Cuantía

    Las subvenciones serán financiadas con cargo a los créditos autorizados en el presupuesto de gastos de la Consejería competente en materia de empleo de la Junta de Extremadura.

    La cuantía total máxima de la subvención se determinará en la resolución de concesión y estará compuesta por la suma de los importes de los gastos subvencionables de los módulos A, B y de costes salariales y de la seguridad social de los contratos suscritos con el alumnado-trabjador, cuantificandose de la siguiente manera:

    - Módulo A: a razón de los siguientes costes unitarios:

    • Coordinador/a: 19,47 €/hora
    • Docente y técnico de acompañamiento: 18,39 €/hora.

            Hasta un máximo de 52.100 €


    - Módulo B: a razón de 1,01€/hora/participante.

    De esta cantidad, se subvencionarán los costes indirectos por importe del 12,67% de los costes directos de personal subvencionables del Módulo A que se consideren correctamente justificados y los costes directos que se justifiquen con sus facturas y pagos.


    - Módulo Salario y seguridad social alumnado-trabajador: 7,08 €/hora/participante.


    El importe de la subvención resultante del cálculo efectuado no se actualizará, con independencia de que el mismo se extienda o no a distintos ejercicios presupuestarios, salvo el importe aprobado para el salario y seguridad social del alumnado trabajador que se ajustará en el momento de la liquidación de la subvención a los incrementos que haya tenido el salario mínimo interprofesional, las cuotas patronales de la Seguridad Social y a la justificación comprobada, previa actualización del importe del módulo correspondiente mediante resolución del titular de la Dirección Gerencia del SEXPE.

    En todo caso, la citada actualización estará condicionada a la existencia de crédito asignado a la convocatoria para atender las obligaciones económicas que conlleva el referido ajuste, sin que con la actualización pueda superarse la cuantía máxima prevista para dicha convocatoria.

  • Documentación

     Las solicitudes de subvenciones se suscribirán por las personas que ostenten la representación de las entidades promotoras mediante el modelo normalizado que se establece como Anexo I , que estará disponible en la web https://sede.gobex.es/SEDE/.

     A la solicitud se acompañará la siguiente documentación, así como cualquier otra documentación que la entidad considere necesaria para la concesión de la subvención:

    a. Memoria/Proyecto, cumplimentado según modelo que se establece como Anexo I-Bis a la presente resolución, acompañado de una memoria explicativa (en la forma de memoria valorada, proyecto básico o proyecto de ejecución) de las actuaciones a realizar, mediciones y presupuestos desglosados por capítulos y partidas y planos a escala y acotados de los inmuebles o espacios donde se realizará la formación, en el caso de que no sea formación conducente a certificados de profesionalidad, y de los espacios en que se va a actuar, en los que se representen los etados inicial y final de los mismos.

    b. Compromiso/s en firme de contratación de las empresas designadas en el plan formativo para el desarrollo de la segunda etapa del proyecto cumplimentando el modelo recogido como Anexo II.

    c. Documentación identificativa de la personalidad de las solicitantes y acreditativa de poder suficiente y subsistente para actuar en nombre y representación de la entidad promotora.

    d. Copia de la tarjeta fiscal de la entidad promotora y NIF del/la representante, en el caso de que se haya mostrado oposición en la solicitud al órgano instructor para consultar estos datos.

    e. Acreditación que implique entre sus fines la promoción de empleo de la entidad promotora o la inserción sociolaboral de personas en situación o riesgo de exclusión social.

    f. Certificación acreditativa de la financiación de aquella parte del proyecto que no financie el Servicio Extremeño Público de Empleo.

    g. Certificación acreditativa de la titularidad jurídica del/los objetos de actuación y de disponibilidad para la ejecución de la/s obra/s o prestación de servicios, o en su caso, original o copia de la documentación acreditativa de los términos de la cesión.

    h. Original o copia de la documentación derivada de las características de la/s obra/s o servicios previstos:

    • a) Estudios técnicos obligatorios para su ejecución
    • b) Permisos administrativos emitidos por el órgano competente, necesarios para el desarrollo de la actividad (normativa industrial, higiénico-sanitaria, patrimonio, aguas, etc).
    • c) Informe de los servicios públicos competentes en las acciones previstas.
    • d) Informe técnico sobre el destino de los bienes o productos resultantes de los trabajos del alumnado trabajador, la repercusión en materia de competencia y la gestión contable y documental en relación con la repercusión económica en la subvención.

    i. Alta en el subsistema de terceros, en el caso de que no figure aún en el subsistema de terceros.

    j. Certificación del/la representante legal de la entidad promotora sobre la solvencia económica para poder atender a las obligaciones derivadas de la concesión de la subvención.

    k. Documentos del organismo oficial correspondiente para acreditar la experiencia previa en programas públicos de alternancia con el empleo, en su caso.

    l. En su caso, compromiso de participación y colaboración con otros agentes del territorio.Anexo III.
    ll. Certificados expedidos por la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura, Agencia Tributaria y Seguridad Social de hallarse al corriente de sus obligaciones con las mismas, en el caso de que en la solicitud se haya opuesto o no haya autorizado a que el órgano gestor lo recabe de oficio.

    Los impresos normalizados de los Anexos I bis, II y III deberán ser cumplimentados a través de la herramienta informática GETCOTEX, del Servicio Extremeño Público de Empleo, ubicado en la página http://etcote.juntaextremadura.es/etcote, para ser posteriormente firmados y presentado.

  • Solicitud y Anexos

    Formularios de solicitud:
  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE)
    • Plazo para resolver: 6 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: Sí
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada.

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital
    Servicio Extremeño Público de Empleo (SEXPE)
    Dirección General de Formación para el Empleo
    Servicios de Programas Mixtos de Formación y Empleo
    Avenida Valhondo,
    06800, Mérida

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