Calificación definitiva de vivienda protegida autopromovida

Solicitud de calificación definitiva como vivienda protegida de una vivienda autopromovida, unifamiliar, de nueva construcción para uso propio.

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
24/11/2023

Lea los requisitos y tramite

  • Plazo de presentación

    No sujeto a plazos.

    La fecha inicial del procedimiento es 18 meses, a contar desde el siguiente a la notificación de la calificación provisional de actuación protegida en materia de vivienda autopromovida.

    La fecha final es la fecha de calificación definitiva.

  • Finalidad

    La finalidad del procedimiento es la obtención de calificación definitiva como vivienda protegida de una vivienda autopromovida, unifamiliar, de nueva construcción, para uso propio.
  • Destinatarios

    Aquellos ciudadanos que, contando con independencia y capacidad económica, promueven individualmente la construcción de la vivienda protegida autopromovida para destinarla a su residencia habitual y permanente. Asimismo y en su caso, tendrán esta consideración sus cónyuges o parejas de hecho inscritas de conformidad con la Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Parejas de Hecho de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como los demás miembros de la unidad de convivencia mayores de edad.

  • Requisitos

    Los promotores presentarán, en modelo oficial, la solicitud de calificación definitiva acompañada de la documentación correspondiente.

  • Documentación

    Será obligatoria la presentación por los interesados de los siguientes documentos:

    a) Original o fotocopia del volumen I, ¿Documentación de la Obra Ejecutada¿ del Libro del Edificio, en los términos señalados en el Decreto 165/2006, de 19 de septiembre.
    b) Dos fotografías (tamaño 18 x 24 cm) que acrediten la debida colocación de las placas exigidas por la normativa aplicable.
    c) Documentación acreditativa del otorgamiento de licencia de 1ª ocupación.
    d) Cualesquiera otros documentos que fueren necesarios para resolver acerca de la calificación definitiva solicitada.

  • Solicitud y Anexos

    Formularios de solicitud:
  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada.

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Infraestructuras, Transporte y Vivienda
    Secretaría General de Vivienda, Arquitectura y Regeneración Urbana
    Servicio de Proyectos y Obras
    Avenida de las Comunidades, S/N
    06800, Mérida

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