Ayudas para la formación de equipos directivos de empresas

Ayudas dirigidas a mejorar la competitividad y crecimiento de las pymes extremeñas, a través de una mayor capacitación, cualificación y formación de sus cuadros directivos.

En plazo

Fecha de actualización
:
3/9/2024

Lea los requisitos y tramite

  • Plazo de presentación

    Desde: 03/09/2024 Hasta: 02/12/2024
  • Finalidad

    El objetivo de esta línea de ayudas es facilitar el acceso a la formación empresarial de alto nivel a las pymes de Extremadura, mejorando sus capacidades de gestión y dirección para aumentar su productividad y posición competitiva. Con estas ayudas la empresa podrá escoger la formación que necesita y dónde recibirla, accediendo a programas impartidos por escuelas de negocio o universidades.
  • Destinatarios

    El programa de ayudas está abierto a la participación de pymes de prácticamente todos los sectores empresariales, a excepción del sector primario y otras actividades restringidas por la normativa comunitaria, estableciéndose que, al menos dispongan de una estructura mínima de 10 trabajadores contratados por cuenta ajena en Extremadura, en los doce meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

    En el caso de nuevas empresas, que lleven operativas menos de 12 meses, se considerará el mayor valor entre la plantilla media que hubiera tenido desde que se dio de alta en la Seguridad Social o la existente a la fecha de presentación de la solicitud.

  • Requisitos

    Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las pymes con domicilio fiscal y centro productivo en la Comunidad Autónoma de Extremadura, con independencia de cuál sea su forma jurídica, que cumplan los siguientes requisitos:
    1. Contar con una plantilla media de, al menos, 10 personas trabajadoras contratadas por cuenta ajena en Extremadura, en los doce meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud. En el caso de nuevas empresas, que lleven operativas menos de 12 meses, se considerará el mayor valor entre la plantilla media que hubiera tenido desde que se dio de alta en la Seguridad Social o la existente a la fecha de presentación de la solicitud.
    2. Su actividad principal, conforme al epígrafe en el que se encuentren dados de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, no corresponda a alguno de los sectores excluidos señalados en la base reguladora.
    3. Cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que se acreditará mediante declaración responsable incorporada en el modelo normalizado de solicitud de la ayuda.

     

    Las pymes beneficiarias de las ayudas estarán obligadas a mantener en Extremadura la actividad de su empresa durante, al menos, tres años consecutivos contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud de liquidación de la ayuda. El incumplimiento de este requisito dará lugar a la revocación de la ayuda concedida.

  • Cuantía

    Se consideran subvencionables los gastos de matriculación en programas de formación directiva.
    Las ayudas consistirán en una subvención del 40 % de los gastos de matriculación, hasta un límite máximo de 4.000 euros por programa formativo y persona participante.

    La financiación de las presentes ayudas se realizará, siempre que sea posible, con un porcentaje de cofinanciación del 85% con cargo al Programa Operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional -FEDER- de Extremadura correspondiente al periodo de programación 2021-2027, dentro del Objetivo Político 1 una Europa más competitiva e inteligente, promoviendo una transformación económica innovadora e inteligente y una conectividad regional a las tecnologías de la información y de las comunicaciones; Prioridad 1.A Transición Digital e Inteligente y Objetivo Específico 1.3 El refuerzo del crecimiento sostenible y la competitividad de las pymes y la creación de empleo en estas, también mediante inversiones productivas.

  • Documentación

    Junto a la solicitud se debe acompañar la siguiente documentación:

    1.1. En los casos que proceda, y con las salvedades indicadas en el artículo 7, copia del documento de admisión del alumno/a en la acción formativa, emitido por la entidad formadora.

    1.2. Presupuesto de los gastos de matriculación en la actuación formativa por la que solicita la ayuda emitido por la entidad formadora, en el caso en que dicha información no venga identificada de manera accesible en la web de dicha entidad formadora, cuyo enlace directo al curso deberá ser cumplimentado en el modelo de solicitud.

    1.3. Documentación acreditativa de que la persona que va a participar en la formación ejerce funciones directivas en la empresa solicitante, aportando para ello copia del contrato de trabajo o Escritura pública en el que refleje su nombramiento como socio, administrador y similares

    1.4. Declaración de Ausencia de Conflictos de Interés (DACI), firmada electrónicamente por la entidad solicitante y por las personas que vayan a participar en la acción formativa, conforme al modelo del anexo II.

    En el caso en el que la pyme solicitante no autorice expresamente en el formulario de solicitud de la ayuda a que sean consultados o recabados de oficio, deberá acompañarse:

       1.5. Certificado que acredite que la pyme solicitante de la ayuda se encuentra al corriente de sus obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado.

       1.6. Certificado que acredite que la pyme solicitante de la ayuda se encuentra al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.

       1.7. Certificado que acredite que la pyme solicitante de la ayuda no tiene deudas con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

       1.8. Certificado emitido por la Agencia Tributaria que acredite los epígrafes de IAE en los que se encuentra dada de alta la pyme solicitante.

       1.9. Certificado de Titularidad Real expedido por Notario, de los datos relativos a los perceptores de la financiación de la Unión Europea.

       1.10. Certificado actualizado del Registro Mercantil que incorpore información que permita verificar el estado del nombramiento de los administradores de la sociedad que van a participar en la acción formativa.

    Por otra parte, en el caso en el que la pyme solicitante se oponga expresamente en el formulario de solicitud de la ayuda a que sean consultados o recabados de oficio, deberá acompañarse:

      1.11. Informes relativos a la vida laboral de todas las cuentas de cotización de la pyme, expedidos por la Tesorería General de la Seguridad Social, correspondientes al periodo de los doce meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de ayuda, salvo que tenga una antigüedad inferior a doce meses, en cuyo caso deberá referirse desde que se produjo el alta en la Seguridad Social.

  • Solicitud y Anexos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Empresa
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada.

  • Más información

  • Órgano gestor

    Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital
    Dirección General de Empresa
    Servicio de Promocion Empresarial
    Paseo De Roma,
    06800, Mérida