Subvenciones para desarrollar proyectos que fomenten la promoción de la igualdad de género, la prevención y erradicación de cualquier tipo de violencia contra las mujeres

Subvenciones para desarrollar proyectos que fomenten la promoción de la igualdad de género, la prevención y erradicación de cualquier tipo de violencia contra las mujeres, especialmente en materia de trata, explotación sexual y mujeres en contexto de prostitución

Próximamente

Fecha de actualización
:
8/8/2025
Actual (long): 1754733118404 - Aug 9, 2025 9:51:58 AM
Offset: 7200000 - 7200000
Fecha desde (long): 1754863200000 - Aug 10, 2025 10:00:00 PM
Fecha hasta (long): 1756763940000 - Sep 1, 2025 9:59:00 PM
  • Plazo de presentación

    Desde: 11/08/2025 Hasta: 01/09/2025

    El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria y su correspondiente extracto en el Diario Oficial de Extremadura (https://doe.juntaex.es).

  • Finalidad

    Establecer, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las bases reguladoras que han de regir el procedimiento de concesión de subvenciones para desarrollar proyectos que fomenten la promoción de la igualdad de género, la prevención y erradicación de cualquier tipo de violencia contra las mujeres, especialmente en los contextos de mayor vulnerabilidad y gravedad como son los de trata, explotación sexual y mujeres en contexto de prostitución, en el marco del Convenio de Estambul.
  • Destinatarios

    Se establecen dos líneas de subvenciones, compatibles entre sí, así como con otras recibidas para la misma finalidad:

    Línea I. Subvenciones a asociaciones, agrupaciones y federaciones de asociaciones de mujeres, para el desarrollo de proyectos dirigidos a la promoción de la igualdad y la participación social en el ámbito de la igualdad entre mujeres y hombres y la prevención de la violencia de género.

    Línea II. Subvenciones a asociaciones, agrupaciones y federaciones de asociaciones de mujeres, así como fundaciones privadas sin ánimo de lucro para desarrollar proyectos de prevención y erradicación en materia de trata, explotación sexual y mujeres en contexto de prostitución.

  • Requisitos

    Para la línea I:

    • Tener en sus estatutos como finalidad la defensa de los derechos de las mujeres y la igualdad de oportunidades y realizar sus actuaciones en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Las asociaciones y federaciones han de estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su epígrafe 2 (Mujeres, Igualdad de trato y no discriminación) al menos un año antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria a la que concurran. Las agrupaciones de asociaciones de mujeres habrán de estar constituidas, al menos, por dos asociaciones, y cumplir cada una de ellas los requisitos establecidos en los apartados 1 y 3 de este artículo. Sólo se podrá ser beneficiario de estas ayudas, bien como asociación, bien como integrante de agrupaciones, o federaciones de asociaciones.

    Para la línea II:

    • Tener en sus estatutos como finalidad la sensibilización, atención integral y/o prevención de la trata, explotación sexual de mujeres y niñas o mujeres en contextos de prostitución; contar con su sede central o delegación permanente en la Comunidad Autónoma de Extremadura donde se han de desarrollar las actuaciones, así como estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro de la Comunidad Autónoma de Extremadura o el Registro nacional correspondiente al menos un año antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria a la que concurran. No podrán obtener la condición de beneficiarias las entidades que incurran en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 12.2 y 3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
  • Cuantía

    1. La puntuación mínima necesaria para que el proyecto presentado pueda recibir la ayuda será de 25 puntos.

    2. La cuantía máxima a subvencionar por proyecto que reúna los requisitos mínimos exigidos será de:

    a) Para la Línea I la cuantía máxima a subvencionar será de 6.000 €. No obstante, cuando el número de proyectos que obtengan la puntuación mínima sean superiores al crédito disponible, se procederá, en virtud de lo previsto en el artículo 22.1 de la ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, al prorrateo, entre los beneficiarios de la subvención, del importe global del crédito previsto en la convocatoria para esta línea de ayudas, de acuerdo con la siguiente fórmula para determinar su cuantía: Crédito total de la respectiva convocatoria / Suma de la puntuación obtenida por todas las solicitantes que hayan alcanzado la puntuación mínima × Puntuación obtenida por cada solicitante. Sin embargo, cuando la cuantía del proyecto presentado sea inferior a la que resulte de aplicar la fórmula anterior, la ayuda vendrá determinada por el importe solicitado.

    b)  Para la Línea II la cuantía máxima a subvencionar será de 20.000 €. No obstante, cuando el número de proyectos que obtengan la puntuación mínima sean superiores al crédito disponible, se procederá, en virtud de lo previsto en el artículo 22.1 de la ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, al prorrateo, entre los beneficiarios de la subvención, del importe global del crédito previsto en la convocatoria para esta línea de ayudas, de acuerdo con la siguiente fórmula para determinar su cuantía: Crédito total de la respectiva convocatoria / Suma de la puntuación obtenida por todas las solicitantes que hayan alcanzado la puntuación mínima × Puntuación obtenida por cada solicitante. Sin embargo, cuando la cuantía del proyecto presentado sea inferior a la que resulte de aplicar la fórmula anterior, la ayuda vendrá determinada por el importe solicitado.

  • Documentación

    Documentación obligatoria al solicitar la subvención:

    • Anexo I: Solicitud de Subvención.
    • Declaración responsable de no estar incursa en prohibición para obtener la condición de beneficiaria de la ayuda, conforme a lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
    • Declaración responsable, en su caso, de haber recibido subvenciones o ayudas para la misma finalidad.
    • Anexo II cumplimentado con la información pormenorizada del proyecto para el que se solicita la ayuda, plazo de ejecución de la actividad o actividades, así como el presupuesto de costes detallado, procediendo al desglose por cada una de las acciones.
    • La extensión máxima del proyecto será de 15 páginas, para su redacción se atenderá al lenguaje inclusivo.
    • Alta de Terceros, si no está actualizada o disponible en el Sistema de Terceros del Instituto de la Mujer de Extremadura.
    • De conformidad con el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el órgano gestor de las ayudas recabará de oficio la siguiente documentación, siempre que la entidad interesada no haya manifestado su oposición expresa, en cuyo caso serán aportados por la misma junto a su solicitud de ayuda.
    • DNI de la persona representante legal de la entidad.
    • Acreditación de estar inscrita en el registro correspondiente, al menos un año antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria a la que concurran.
    • Estatutos de la entidad.

    Documetación obligatoria durante la ejecución de la subvención:

    • Anexo III: Certificado de inicio de actividad.
    • Anexo IV: Certificado de relación de gastos y pagos del proyecto.
    • Anexo V: Memoria del proyecto.Anexo VI: Solicitud de alta de terceros, salvo que ya figuren de alta en el sistema de terceros del Instituto de la Mujer de Extremadura, como organismo autónomo.

  • Solicitud y Anexos

  • Normativa

  • Resolución

    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada ante la Dirección General del Instituto de la Mujer de Extremadura o ante la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social.

  • Más información

  • Órgano gestor

    Presidencia de la Junta de Extremadura

    Instituto de la Mujer de Extremadura

    Calle San Salvador, 9

    06800, Mérida

    Presidencia de la Junta de Extremadura

    Secretaría General de Igualdad y Conciliación

    Plaza Del Rastro,

    06800, Mérida