Registro de Talleres de Taxidermia - Juntaex.es
Registro de Talleres de Taxidermia - Juntaex.es
Registro de Talleres de Taxidermia
Registro de Talleres de Taxidermia
Actual (long): 1790485757282 - Sep 27, 2026 5:09:17 AM
Offset: 7200000 - 7200000
Fecha desde (long): -1
Fecha hasta (long): -1
Lea los requisitos y tramite pulsando en el botón correspondiente
Código SIA: 213338
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Plazo de presentación
No sujeto a plazo de presentación.
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Finalidad
Este trámite permite solicitar la inscripción en el Registro de Talleres de Taxidermia de Extremadura. -
Destinatarios
Titulares de talleres de taxidermia.
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Requisitos
1. Cumplir los requisitos para el ejercicio de la actividad económica de forma legal.
2. Cumplir los requisitos de legalidad relativos al establecimiento.
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Documentación
Documentación obligatoria:
1. Solicitud.
2. Libro de registro de trofeos de caza para ser diligenciado.
3. Copia del alta en el impuesto de actividades económicas en el epígrafe correspondiente a los talleres de taxidermia.
4. Copia del permiso de apertura del establecimiento.
5. Resguardo de abono de la tasa de inscripción en el registro y de la tasa de diligencia del libro de registro (mod. 50).
- El pago de la tasa se puede realizar a través de la pasarela de pagos de la Junta de Extremadura o presentando el modelo 50 en la entidad bancaria.
- Código de la tasa de inscripción en el registro: 120434
- Código de la tasa de diligencia del libreo de registro: 120662
Pago con tarjeta. En caso de pago con tarjeta de descargarse el impreso pagado y adjuntarlo a la solicitud.
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Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud:Enlaces a anexos: -
Representación voluntaria por medios electrónicos
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Normativa
- LEY 14/2010, de 9 de diciembre, de caza de Extremadura.
- Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de caza de Extremadura. Texto consolidado.
- LEY 8/1998, de 26 de junio, de conservación de la naturaleza y de espacios naturales de Extremadura.
- Ley 8/1998, de 26 de junio, de Conservación de la Naturaleza y de Espacios Naturales de Extremadura. Texto consolidado.
- DECRETO 34/2016, de 15 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula el ejercicio de la caza, la planificación y ordenación cinegética.
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Caza, Pesca, Acuicultura, Tauromaquia y Medio Natural
- Plazo para resolver: 3 meses
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: Sí
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada
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Más información
El Registro de Talleres de Taxidermia de Extremadura es una sección dentro del Registro de Taxidermistas y Peleteros previsto en la Ley 8/1998, de 26 de junio, de Conservación de la Naturaleza y Espacios Protegidos de Extremadura.
En esta sección se inscribirán los establecimientos que se dediquen a la preparación de trofeos de caza y a la naturalización de especies cinegéticas.
En este trámite se incluye el diligenciado del libro de registro de trofeos de caza.
Libro de registro de trofeos de caza
Todos los talleres de taxidermia deben disponer de un libro de registro en el que se anotarán los datos de todos los trofeos que tengan entrada en el taller.
Debe recoger la fecha de entrada del trofeo, fecha de captura, lugar de procedencia o coto, número de matrícula, especie, nombre y apellidos del propietario, fecha de salida y número de precinto o autorización, en su caso.
Debe enviarse bianualmente a la Dirección General competente en materia de caza para su diligenciado.
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Órgano gestor
Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Natural
Dirección General de Caza, Pesca, Acuicultura, Tauromaquia y Medio Natural
Servicio de Caza, Pesca y Acuicultura (DIR3: A11030456)
Avenida Luis Ramallo,
06800, Mérida
