Tutela de cazadores sin licencia - JUNTAEX
Tutela de cazadores sin licencia - JUNTAEX
Tutela de cazadores sin licencia
Autorización para tutelar cazadores que no tengan licencia de caza de Extremadura.

Lea los requisitos y tramite
En línea
Tramitar en línea-
Plazo de presentación
Con anterioridad al inicio de la temporada.
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Finalidad
Este trámite permite solicitar la autorización para tutelar cazadores que no sean residentes en Extremadura y que no estén inscritos en el Registro de Cazadores de Extremadura. -
Destinatarios
1. Organizaciones profesionales de caza
2. Titulares de cotos de caza para tutelar en su propio coto
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Requisitos
1. Tratarse de una organización profesional de caza inscrita en el registro
2. Tratarse de titular de coto de caza para tutelar en su propio coto y encontrarse inscrito en el registro de organizaciones profesionales de caza.
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Documentación
Documentación obligatoria:
1. Solicitud
2. Parte de resultados de la temporada anterior
3. Resguardo de abono de la tasa (mod. 50)
Código: 12045-2
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Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud:Enlaces a anexos: -
Normativa
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Política Forestal
- Plazo para resolver: 3 meses
- Efecto silencio administrativo: Estimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: Sí
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada
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Más información
La autorización abarcará la temporada completa teniendo en cuenta que latemporada de caza abarca desde el día 1 de abril de cada año al 31 de marzo del año siguiente.
Con anterioridad a la acción cinegética deberá abonarse la tasa correspondiente por acción y cazador. En el modelo 50 deberá indicarse el nombre del cazador.
Los cazadores tutelados deberán portar el permiso expedido por la organización.
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Órgano gestor
Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio
Dirección General de Política Forestal
Servicio de Caza, Pesca y Acuicultura
Avenida Luis Ramallo, S/N
06800, Mérida