Subvención a municipios para actuaciones de mejora de infraestructuras de uso público en áreas protegidas y restauración de ecosistemas

Solicitud de subvenciones a municipios para actuaciones de mejora de infraestructuras de uso público en áreas protegidas y restauración de ecosistemas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la UE Next Generation EU.

Fuera de plazo

Fecha de actualización
:
1/12/2023
  • Plazo de presentación

    Desde: 16/06/2023 Hasta: 16/08/2023
  • Finalidad

    Subvenciones a municipios que tendrá como finalidad las mejoras de infraestructuras de gestión, difusión y uso público en áreas protegidas y subvenciones a municipios destinadas a restauración de ecosistemas, mejora de hábitats y conectividad.
  • Destinatarios

    Los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura que cumplan las siguientes características:

     

    - No podrá presentar una población superior a 50.000 habitantes.

    - Línea 1 de ayudas, los municipios incluidos total o parcialmente en una o varias Áreas Protegidas de Extremadura, ostentando esta consideración aquellos espacios declarados como Área Protegida a tenor de lo dispuesto en la Ley 8/1998, de 26 de junio, de conservación de la naturaleza y de espacios naturales de Extremadura así como las Reservas de la Biosfera declaradas por la UNESCO.

     

  • Requisitos

    Podrán resultar beneficiarios de las ayudas los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura:

    Línea 1: Municipios de Extremadura incluidos total o parcialmente en una o varias Áreas Protegidas de Extremadura, el municipio no podrá presentar una población superior a 50.000 habitantes

    Línea 2 : Municipios de Extremadura que no podrá presentar una población superior a 50.000 habitantes.

     

  • Cuantía

    La subvención será del 100 % del coste subvencionable. Para cada línea de ayudas, la cuantía mínima de la subvención para cada línea de ayudas será de 50.000 € y la cuantía máxima de 200.000 €. Para aquellos municipios que resulten beneficiarios de las dos líneas de ayudas, la cuantía máxima a percibir por ambas líneas será de 250.000 €.

    La cuantía total de las subvenciones es de 5.500.000 €.

    Las ayudas estarán financiadas íntegramente por la Unión Europea a través de los fondos asignados a la Junta de Extremadura para la Inversión 2 denominada ¿Conservación de la biodiversidad terrestre y marina¿ y la Inversión 3 denominada ¿Restauración de ecosistemas e infraestructura verde¿ dentro del componente 4, Conservación y restauración de ecosistemas marinos y terrestres y su biodiversidad con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, mediante el instrumento del Mecanismo de recuperación y resiliencia, aprobado por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021.

  • Documentación

    El municipio interesado deberá formalizar su solicitud de ayuda. 

    La citada solicitud deberá acompañarse de copia autentica de la documentación que se expresa a continuación:

    a) Documento acreditativo de la representación del municipio.

    b) En el caso que las actuaciones subvencionables incluyan la realización de obras, se presentará un proyecto, cuando proceda, o memoria valorada de las actuaciones que deberá incluir como mínimo:

    1.º Descripción de los trabajos o actividades, incluyendo estado previo, mediciones y acciones a acometer.

    2º Indicación exacta del espacio en el que se van a desarrollar los trabajos o actividades.

    3.º Contribución de la actuación al logro del hito del objetivo 69 o 71. Para solicitudes de la Línea 1, superficie en hectáreas de actuaciones efectivas de conservación de la biodiversidad que prevé la actuación a fecha de finalización. Para solicitudes de la Línea 2, superficie en hectáreas de restauración de ecosistemas en territorios o ecosistemas degradados mediante la eliminación de elementos artificiales, la mejora del suelo y la morfología y el reverdecimiento y la naturalización que prevé la actuación antes del 15 de octubre de 2024. Todo ello sin perjuicio que el plazo de ejecución de las actuaciones solicitadas sea superior al 15 de octubre de 2024 en la Línea 2 de ayudas.

    4.º Objetivos ambientales a los que contribuirá la actuación relativos al cumplimiento del principio de ¿no causar perjuicio significativo al medio ambiente (DNSH) y el etiquetado climático y digital en cumplimiento con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021.

    5.º Presupuesto detallado indicando las mediciones y el coste por unidades. Se deberá tener en cuenta concretamente lo dispuesto en el artículo 4.1 del presente decreto. Se deberá indicar concretamente la parte de presupuesto a ejecutar mediante medios propios del municipio y/o mediante terceros.

    6.º Planificación de la ejecución de las actuaciones.

    7.º Planos de obra y/o plano de la finca con la localización de cada una de las actuaciones.

    8.º Se incorporará aquella información necesaria que permita aplicar los criterios de valoración recogidos en el artículo 13.

    c) En el caso que las actuaciones subvencionables no incluyan la realización de obras, se presentará memoria descriptiva de las actuaciones, con el siguiente contenido:

    1.º Descripción detallada de las actividades.

    2.º Indicación exacta del espacio en el que se van a desarrollar los trabajos o actividades. 3.º Contribución de la actuación al logro del hito del objetivo 69 o 71. Para solicitudes de la Línea 1, superficie en hectáreas de actuaciones efectivas de conservación de la biodiversidad que prevé la actuación a fecha de finalización. Para solicitudes de la Línea 2, superficie en hectáreas de restauración de ecosistemas en territorios o ecosistemas degradados mediante la eliminación de elementos artificiales, la mejora del suelo y la morfología y el reverdecimiento y la naturalización que prevé la actuación antes del 15 de octubre de 2024. Todo ello sin perjuicio que el plazo de ejecución de las actuaciones solicitadas sea superior al 15 de octubre de 2024 en la Línea 2 de ayudas.

    4.º Objetivos ambientales a los que contribuirá la actuación relativos al cumplimiento del principio de ¿no causar perjuicio significativo al medio ambiente (DNSH) y el etiquetado climático y digital en cumplimiento con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021.

    5.º Presupuesto detallado. En cada concepto se deberá tener en cuenta concretamente lo dispuesto en el artículo 4.1 del presente decreto y desglosar los importes correspondientes a: 5.1.º Recursos Humanos: indicando el número de trabajadores y, de manera diferenciada, el importe en concepto de salario (y la duración en horas o meses) y, en su caso, los gastos por desplazamiento y los gastos por alojamiento y/o manutención (con el precio unitario). 5.2.º Recursos Materiales: indicando los costes por tipo y unidades necesarias. 5.3.º En el caso de materiales gráficos o didácticos aportar una descripción y su coste unitario. 5.4.º Publicidad: tipo de soporte, coste unitario y modo de difusión. 5.5.º Otros gastos: especificar para cada actividad los gastos por unidad en concepto de seguros y alquileres (precio/hora) entre otros conceptos. 5.6.º Se deberá indicar concretamente la parte de presupuesto a ejecutar mediante medios propios del municipio y/o mediante terceros.

    6.º Plano de la finca con la localización de cada una de las actuaciones (en caso de ser necesario)

    7.º Se incorporará aquella información necesaria que permita aplicar los criterios de valoración recogidos en artículo 13.

    8.º Planificación de la ejecución de las actuaciones.

    d) En el caso de proyectos que impliquen inversiones en inmuebles de naturaleza rústica o urbana o proyectos de obras, instalaciones o construcciones, documentación de la disponibilidad del inmueble:

    1.º Escritura pública, documento registral o certificación catastral, siempre que no vaya en contra de la información registral, que acredite la titularidad del terreno o inmueble en el que se vaya a realizar la actuación. Estos documentos deberán acompañarse de la documentación gráfica que acredite la correspondencia con el lugar en que se verificará la actuación. Este documento podrá sustituirse por un certificado de la Secretaría del Ayuntamiento del municipio de la disponibilidad del inmueble.

    2.º En el caso de que el solicitante no sea propietario o sea copropietario, se deberá aportar, además: 2.1.º Autorización expresa del propietario o del resto de copropietarios a favor del municipio para el desarrollo de la actividad. En caso de que el propietario sea una persona jurídica, esta autorización deberá suscribirse por el representante. 2.2.º Copia auténtica del NIF/CIF del propietario o del resto de copropietarios, o autorización para consultar este dato. 2.3.º En caso de que el propietario sea una persona jurídica, acreditación de la representación de la misma por cualquier medio válido en derecho y NIF del representante o autorización para consultar este dato.

    e) Certificación administrativa positiva expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria que acredite que el solicitante se encuentra al corriente de las obligaciones tributarias del Estado, salvo que el solicitante autorice expresamente a que el órgano instructor consulte esta información.

    f) Acreditación de estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social y con la Hacienda Autonómica, salvo que el solicitante autorice expresamente a que el órgano instructor consulte esta información cumplimentando el apartado correspondiente del modelo de solicitud que figura como anexo I.

    g) Declaración responsable indicando que el solicitante no se encuentra incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria de la subvención, a tenor del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

    h) Declaración responsable de la no percepción de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

     

    i) Declaración responsable de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

     j) Declaración responsable de compromiso en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

    k) Declaración responsable de adecuación al principio de ¿no causar perjuicio significativo¿ (principio ¿do no significant harm¿DNSH¿), en el sentido establecido en el artículo 2.6 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 y prevención del fraude. Ésta se formalizará en el anexo VII.

    l) Concesión, en el caso de resultar beneficiaria de la ayuda, de los derechos y accesos necesarios para garantizar que la Comisión, la OLAF, el Tribunal de Cuentas Europeo, la Fiscalía Europea y las autoridades nacionales competentes ejerzan sus competencias, conforme lo establecido en la letra e) del apartado 2 del artículo 22 del RMRR y el artículo 129 del Reglamento Financiero (Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018). Esta autorización se otorgará con la mera presentación de la ayuda conforme lo previsto en el apartado correspondiente de la solicitud.

    m) Certificado relativo a la adopción del Acuerdo para solicitar la ayuda, expedido por el órgano competente del municipio.

    Si la documentación exigida para la tramitación ya obrara en poder de la Administración Pública, el solicitante podrá acogerse a lo dispuesto en el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 25 de la Ley 4/2022, de 27 de julio, de racionalización y simplificación administrativa de Extremadura, y no estará obligado a presentar la documentación siempre que se haga constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados o, en su caso, emitidos, y cuando no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan.

  • Solicitud y Anexos

  • Normativa

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Sostenibilidad
    • Plazo para resolver: 3 meses
    • Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: No
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada.

  • Más información

    Vía de presentación.

    Las solicitudes se formalizarán en el modelo oficial que figura como anexo I e irán acompañadas de la documentación requerida. El modelo de solicitud y el resto de anexos se podrán descargar en el punto de acceso general electrónico de los servicios y trámites de la Junta de Extremadura cuya dirección es http://www.juntaex.es.

    Las solicitudes se presentarán de forma electrónica a través del Registro Electrónico General, de la SEDE electrónica de la Junta de Extremadura, https://tramites.juntaex.es/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=PTS2_REGGENERAL_INFO dirigidas a la Dirección General con competencias en la conservación de la naturaleza de la Administración Autonómica de Extremadura, conforme a lo establecido en el artículo 3.2, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en el artículo 14.2 a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.


  • Órgano gestor

    Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
    Dirección General de Sostenibilidad
    Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas
    Avenida Valhondo,
    06800, Mérida

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