Licencia de pesca - JUNTAEX
Licencia de pesca - JUNTAEX
Licencia de pesca
Solicitud de licencia de pesca.

Lea los requisitos y tramite
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Plazo de presentación
No sujeto a plazo de presentación.
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Finalidad
Este trámite permite obtener la licencia que autoriza la práctica de la pesca en Extremadura. -
Destinatarios
Personas que deseen practicar la pesca en Extremadura.
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Requisitos
No encontrarse inhabilitado para el ejercicio de la pesca por sentencia judicial firme o resolución sancionadora ejecutiva.
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Documentación
Documentación obligatoria:
1. DNI o equivalente (en caso de oposición a la consulta de datos personales)
2. Resguardo de abono de la tasa (mod. 50)
Código de la tasa: 12031-2
3. Documentación acreditativa de la bonificación o exención:
a) Tarjeta federativa
b) Certificado grado de discapacidad (en caso de oposición a la consulta de datos)
c) Certificado familia numerosa (en caso de oposición a la consulta de datos)
Bonificaciones y exenciones:
1. Gozarán de una bonificación del 25% en el importe de la tasa los siguientes grupos:
a) Pescadores federados en la Federación Extremeña de Pesca.
b) Personas menores de 30 años.
c) Mujeres pescadoras.
d) Personas con discapacidad igual o superior al 33%.
e) Miembros de familia numerosa.
2. Gozarán de exención en el pago de la tasa las personas mayores de 65 años con vecindad administrativa en Extremadura.
3. Para el año 2023 se ha establecido una bonificación del 50% en la cuantía de la licencia.
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Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud:Enlaces a anexos: -
Normativa
- Ley 11/2010, de 16 de noviembre, de Pesca y Acuicultura de Extremadura.
- Ley 11/2010, de 16 de noviembre, de Pesca y Acuicultura de Extremadura (Texto consolidado)
- LEY 9/2019, de 5 de abril, por la que se modifican la Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de caza de Extremadura, y la Ley 18/2001, de 14 de diciembre, sobre tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- ORDEN de 7 de noviembre de 2022 general de vedas de pesca en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca
- Plazo para resolver: 6 meses
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: No
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada.
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Más información
La licencia de pesca es única para todas las modalidades de pesca.
Es nominal, intransferible e imprescindible para la práctica de la pesca en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Las personas menores de 14 años pueden pescar con su propia licencia o bien pueden incluirse en la licencia de una persona mayor de edad.
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Órgano gestor
Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural
Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca
Servicio de Caza, Pesca y Acuicultura
Avenida Luis Ramallo, S/N
06800, Mérida