Licencia de pesca - Juntaex.es
Licencia de pesca - Juntaex.es
Licencia de pesca
Licencia de pesca
Actual (long): 1786299125607 - Aug 9, 2026 6:12:05 PM
Offset: 7200000 - 7200000
Fecha desde (long): -1
Fecha hasta (long): -1
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Código SIA: 213100
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Plazo de presentación
Abierto todo el año
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Finalidad
Obtener la licencia que autoriza la práctica de la pesca en Extremadura -
Destinatarios
Personas que deseen practicar la pesca en Extremadura.
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Requisitos
1. No encontrarse inhabilitado para el ejercicio de la pesca por sentencia judicial firme o resolución sancionadora ejecutiva.
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Documentación
Documentación obligatoria para la solicitud de licencia:
1. DNI o equivalente (en caso de oposición a la consulta de datos personales).
2. Solicitud en modelo oficial.
5. Acreditación de la representación, en su caso.
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Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud: -
Normativa
- Ley 11/2010, de 16 de noviembre, de Pesca y Acuicultura de Extremadura.
- Ley 11/2010, de 16 de noviembre, de Pesca y Acuicultura de Extremadura (Texto consolidado)
- ORDEN de 7 de noviembre de 2022 general de vedas de pesca en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- RESOLUCIÓN de 18 de marzo de 2026, de la Dirección General de Mundo Rural, Caza, Pesca y Tauromaquia, por la que se modifican el régimen de pesca con las modalidades y límites en algunos tramos, se especifican condiciones para la acuicultura extensiva en charcas, y se publica el formulario para la licencia de pesca mediante declaración responsable.
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Caza, Pesca, Acuicultura, Tauromaquia y Medio Natural
- Plazo para resolver: 6 meses
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: Sí
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada
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Más información
Obtención de la licencia mediante declaración responsable.
De forma alternativa a la solicitud de licencia de pesca, se implanta el sistema de obtención mediante declaración responsable. Este sistema permite que se pueda pescar desde el momento de presentación. La forma de proceder es la siguiente:
1. Cumplimentación de la declaración responsable.
2. Envío de la declaración responsable, a través del correo electrónico declaralicenciapesca@juntaex.es, o bien registrado en un registro oficial.
4. El justificante de presentación electrónica o de registro de la solicitud debe portarse durante el ejercicio de la pesca.
Obtención de la licencia de forma telemática
Puede obtenerse la licencia de forma telemática a través de ARADO.
La licencia de pesca es única para todas las modalidades.
Es nominal, intransferible e imprescindible para la práctica de la pesca en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Las personas menores de 14 años pueden pescar con su propia licencia.
Puede encontrar más información relacionada con la pesca en PESCA Y RIOS EN EXTREMADURA
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Órgano gestor
Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Natural
Dirección General de Caza, Pesca, Acuicultura, Tauromaquia y Medio Natural
Servicio de Caza, Pesca y Acuicultura (DIR3: A11030456)
Avenida Luis Ramallo,
06800, Mérida
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Preguntas frecuentes
Durante el ejercicio de la pesca debe portarse la siguiente documentación:
- Licencia de pesca en vigor junto con el DNI o documento equivalente.
- Declaración responsable registrada o en su caso reporte recibido si se hubiese enviado al correo de declaralicenciapesca@juntaex.es
La declaración responsable tiene una duración indefinida, hasta que se reciba la licencia en soporte físico o tarjeta.
