Licencia de pesca - Juntaex.es
Licencia de pesca - Juntaex.es
Licencia de pesca
Licencia de pesca
Actual (long): 1774598086768 - Mar 27, 2026 7:54:46 AM
Offset: 3600000 - 3600000
Fecha desde (long): -1
Fecha hasta (long): -1
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Código SIA: 213100
Buscar oficina donde realizar este trámite
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Plazo de presentación
Abierto todo el año.
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Finalidad
Obtener la licencia que autoriza la práctica de la pesca en Extremadura. -
Destinatarios
Personas que deseen practicar la pesca en Extremadura.
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Requisitos
1. No encontrarse inhabilitado para el ejercicio de la pesca por sentencia judicial firme o resolución sancionadora ejecutiva.
2. Abono de la tasa correspondiente.
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Documentación
Documentación obligatoria:
1. DNI o equivalente (en caso de oposición a la consulta de datos personales).
2. Documentación que acredite el derecho a bonificación (en caso de oposición a la consulta de datos personales).
3. Resguardo de abono de la tasa (mod. 50)
- El pago de la tasa se puede realizar a través de la pasarela de pagos de la Junta de Extremadura o presentando el modelo 50 en la entidad bancaria.
- Código: 023031-6
Pago con tarjeta. En caso de pago con tarjeta debe descargarse el impreso pagado y adjuntarlo a la solicitud.
4. Solicitud en modelo oficial.
5. Acreditación de la representación, en su caso.
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Solicitud y Anexos
Formularios de solicitud:Enlace externo a solicitud:Obtención de la licencia mediante Declaración Responsable.
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Normativa
- Ley 11/2010, de 16 de noviembre, de Pesca y Acuicultura de Extremadura.
- Ley 11/2010, de 16 de noviembre, de Pesca y Acuicultura de Extremadura (Texto consolidado)
- LEY 9/2019, de 5 de abril, por la que se modifican la Ley 14/2010, de 9 de diciembre, de caza de Extremadura, y la Ley 18/2001, de 14 de diciembre, sobre tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- ORDEN de 7 de noviembre de 2022 general de vedas de pesca en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- RESOLUCIÓN de 18 de marzo de 2026, de la Dirección General de Mundo Rural, Caza, Pesca y Tauromaquia, por la que se modifican el régimen de pesca con las modalidades y límites en algunos tramos, se especifican condiciones para la acuicultura extensiva en charcas, y se publica el formulario para la licencia de pesca mediante declaración responsable.
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Resolución
- Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Mundo Rural, Caza, Pesca y Tauromaquia
- Plazo para resolver: 6 meses
- Efecto silencio administrativo: Desestimatorio
- Fin vía administrativa: No
- Impugnación vía administrativa: Sí
- Recursos que proceden:
Recurso de alzada.
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Más información
Puede obtenerse la licencia de forma telemática a través de ARADO.
La licencia de pesca es única para todas las modalidades.
Es nominal, intransferible e imprescindible para la práctica de la pesca en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Las personas menores de 14 años pueden pescar con su propia licencia o bien pueden incluirse en la licencia de una persona mayor de edad.
Bonificaciones y exenciones:
1. Gozarán de una bonificación del 25% en el importe de la tasa los siguientes grupos:
a) Pescadores federados en la Federación Extremeña de Pesca.
b) Personas menores de 30 años.
c) Mujeres pescadoras.
d) Personas con discapacidad igual o superior al 33%.
e) Miembros de familia numerosa.
2. Gozarán de exención en el pago de la tasa las personas mayores de 65 años con vecindad administrativa en Extremadura.
Puede encontrar más información relacionada con la pesca en PESCA Y RIOS EN EXTREMADURA
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Órgano gestor
Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural
Dirección General de Mundo Rural, Caza, Pesca y Tauromaquia
Servicio de Caza, Pesca y Acuicultura
Avenida Valhondo,
06800, Mérida
