Informe de afección a la Red Natura 2000

Solicitud de informe de afección a la Red Natura 2000.

En plazo permanente

Fecha de actualización
:
31/10/2023

Lea los requisitos y tramite

  • Plazo de presentación

    Durante todo el año.

  • Finalidad

    Los Informes de Afección a la Red Natura 2000, tienen la finalidad de evaluar las repercusiones que los planes, programas y proyectos pueden producir, directa o indirectamente, sobre los hábitats o especies que, en cada caso, hayan motivado la designación o declaración de las zonas de la Red Natura 2000 en Extremadura. Con carácter general requerirán Informe de Afección los planes, programas y proyectos que, estando contemplados en el artículo 8 de Decreto 110/2015, estén sometidos a comunicación ambiental, evaluación de impacto ambiental, evaluación ambiental de planes y programas, autorización o comunicación previa de cualquier órgano de la Junta de Extremadura o de cualquier otra Administración. Asimismo, están sometidos a Informe de Afección las actividades recogidas en el Anexo I del citado Decreto, cuyo contenido podrá ser modificado mediante Orden del Consejero competente en materia de Medio Ambiente. No estarán sometidos con carácter general a Informe de Afección aquellas actividades proyectos, planes o programas que no requiriendo Evaluación de Impacto Ambiental o Evaluación Ambiental se desarrollen íntegramente en los terrenos incluidos en las Zonas de Uso General (ZUG). Todo ello sin perjuicio de lo establecido para cada una de las zonas en su respectivo Plan de Gestión.
  • Destinatarios

    El promotor del proyecto, actuación o actividad, a través del órgano sustantivo, remitirá a la Dirección General competente en materia de Áreas Protegidas una copia del proyecto o una descripción de la actividad o actuación.

    En el supuesto de que el proyecto, actuación o actividad no esté sometido a autorización de otro órgano o a otro procedimiento en el que se inserte como trámite el Informe de Afección, el promotor remitirá directamente a la Dirección General competente en materia de Áreas Protegidas una copia del proyecto o una descripción de la actividad o actuación.

    Cuando el proyecto, actuación o actividad esté sujeto a evaluación de impacto ambiental el Informe de Afección formará parte del procedimiento de impacto ambiental.

    Cuando el proyecto, actuación o actividad esté sometida a Autorización de Usos en Espacios Naturales Protegidas la citada Autorización contendrá en su condicionado el Informe de Afección.

  • Documentación

    El Solicitante debe acompañar a la solicitud copia del proyecto o una descripción de la actividad o actuación, localizándola cartográficamente e indicando medidas correctoras para reducir los impactos derivados de la actividad.

  • Solicitud y Anexos

  • Resolución

    • Resolución del procedimiento: El titular de el/la Dirección General de Sostenibilidad
    • Plazo para resolver: 40 días naturales
    • Efecto silencio administrativo: No Aplica
    • Fin vía administrativa: No
    • Impugnación vía administrativa: Sí
    • Recursos que proceden:

      Recurso de alzada.

  • Órgano gestor

    Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible
    Dirección General de Sostenibilidad
    Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas
    Avenida Valhondo, s/n
    06800, Mérida

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